A pesar de sus múltiples afinidades y similitudes, las diferentes artes escénicas, la danza, el mimo, el teatro, el circo, la ópera, entre otras, tienen una relación desigual con la propiedad intelectual. Preguntarse el motivo es emprender una interrogación poco frecuente en nuestro ámbito, que nos ...
A pesar de sus múltiples afinidades y similitudes, las diferentes artes escénicas, la danza, el mimo, el teatro, el circo, la ópera, entre otras, tienen una relación desigual con la propiedad intelectual. Preguntarse el motivo es emprender una interrogación poco frecuente en nuestro ámbito, que nos conduce a averiguar la relación de los derechos de autor con el teatro. Una relación intrincada, compleja, delicada, en la que la diversidad de sus modalidades y el avispero de sus relaciones internas y externas juegan un rol fundamental. Hablar de teatro es hablar de una experiencia escénica en cuya realización participan un gran número de creadores: actores, dramaturgos, escenógrafos, vestuaristas, diseñadores de luces, de espacios sonoros, directores de escena Como acontecimiento escénico, como mise en scène, el teatro es una obra poliautoral. Y no deja de sorprender que, de todos sus creadores, sólo el escritor del texto sea legalmente considerado autor. ¿Por qué motivo? ¿Qué tipo de consideración legal reciben los demás artistas teatrales? ¿Cómo considerar la demanda de autoría que reivindican los directores de escena respecto a su obra? ¿Por qué los coreógrafos y los directores de cine sí son considerados legalmente autores, mientras que los directores de escena teatral no lo son? ¿Hay argumentos legales para considerar la obra escénica como una obra intelectual? ¿Existe la posibilidad real de que el director de escena sea considerado autor desde la perspectiva legal? ¿Se corre el peligro de que tras él, el escenógrafo, el actor, el diseñador de sonido, también reclamen derechos de autoría?
Con un carácter interdisciplinario y transversal, este libro indaga en las relaciones limítrofes entre derecho y teatro, en sus espacios comunes de mutua reflexión y diálogo, así como en sus zonas de separación y de extraño confinamiento. No se trata de una aproximación exclusivamente jurídica ni únicamente teatrológica. Se dirige por igual al lector y al investigador que provengan del ámbito jurídico, como a los que acceden desde el territorio teatral.
Cristina Soler Benito, Abogada y Doctora en Artes Escénicas por la UAB, es Asesora Jurídica en el Institut del Teatre, y trabaja en el Museo de Artes Escénicas (MAE) en calidad de especialista en el área de propiedad intelectual. Ha ejercido como asesora jurídica de diferentes compañías teatrales y de danza.
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