En el año 2007, el Área de Derecho Procesal de la Universidad de Vigo y el Instituto Galego de Consumo de la Xunta de Galicia iniciaron una colaboración centrada en potenciar la formación e investigación en materias propias del derecho de consumo. Como fruto de la misma, esta misma editorial publicó...
En el año 2007, el Área de Derecho Procesal de la Universidad de Vigo y el Instituto Galego de Consumo de la Xunta de Galicia iniciaron una colaboración centrada en potenciar la formación e investigación en materias propias del derecho de consumo. Como fruto de la misma, esta misma editorial publicó dos años más tarde la obra ?Resolución de conflictos en materia de consumo? que, en dos partes, perfectamente diferenciadas contenía una detallada exposición crítica de las especialidades relativas a la protección procesal del consumidor previstas en la Ley de Enjuiciamiento Civil, de un lado, y de la nueva regulación del arbitraje de consumo introducida por el Real Decreto 231/2008, de otro. Continuando con esta labor formativa e investigadora en derecho de consumo, se presenta al lector una nueva obra en la que, dos años después de la aprobación del Real Decreto 231/2008 parecía oportuno un examen del funcionamiento del sistema arbitral de consumo durante el tiempo de la vigencia de la nueva norma, confrontando las expectativas y también los aspectos críticos que de su lectura inicial se derivaban con la aplicación que del mismo se está haciendo en la realidad práctica. Pero, además, en esta obra también se ha querido analizar la figura de la mediación que, como demuestran las estadísticas, está siendo cada vez más utilizada por los consumidores y empresas para poner fin al conflicto surgido entre ellos. Esta obra se divide en dos partes, la primera, dedicada al arbitraje de consumo y la segunda donde se analiza la mediación de consumo.Se parte del concepto de mediación y más específicamente de la mediación de consumo, diferenciándola de otros medios de solución de conflictos tanto heterocompositivos como autocompositivos, se estudia la figura del mediador y finalmente el procedimiento de mediación, cuestiones todas ellas escasamente reguladas en el RD 231/2008 lo que sin duda está generando una muy diferente práctica en las distintas Juntas arbitrales.
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